DOCUMENTACION NECESARIA PARA INGRESAR A ARGENTINA
Documentos de viaje para extranjeros:
- Pasaporte (Documento Obligatorio)
- Visa: no se necesita visa para una estadía menor a 90 días por negocios o turismo,
- Pago en línea de la tasa de reciprocidad/ inmigración. Los ciudadanos de Estados unidos, Canadá, y Australia deben pagar esta tasa por anticipado antes de su partida.
- Ingresar a www.migraciones.gov.ar y hacer click en “Abona la Tasa de Reciprocidad”
- Hacer click en continuar y lo dirigirán a Provincia Pagos.
- Hacer click en “tasas migratorias”
- Hacer click en “Registrar” en la sección Log In
- Completar el formulario con la información personal correspondiente y los datos de su tarjeta de crédito. La información suministrada por el viajero y el código de ingreso son enviados en línea a la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
- Imprimir recibo de pago
- Al llegar a territorio Argentino dirigirse a la oficina de la DNM y presentar el comprobante impreso.
- El personal de la DNM escaneara el comprobante, validara la información para permitirle ingresar al país.
- Ciudadanos Estadounidenses USD 160, ingresos múltiples a argentina durante un periodo de 10 años. No podrán ingresar al país aquellos pasajeros que lleguen a Argentina sin el comprobante de pago.
- travel.state.gov/content/travel/en.html Formularios para armas de fuego. Todas las armas de fuego y municiones deben contar con un permiso de ingreso temporario. Completar el “Formulario Técnico para Argentina” e imprima 4 copias. Estos formularios se encuentran en su paquete de viaje. Caso contrario visite la siguiente pagina:
- Tasa de egreso : USD 25 ( SUJETO A ALTERACIONES )
- Formulario de la aduana de Estados Unidos (obligatorio ). La aduana de Estados Unidos aplica estrictamente la ley de alcohol, tabaco y armas que exige que todos los individuos registren todas sus armas de fuego en la aduana de los Estados Unidos antes de salir del país. Caso contrario, las armas de fuego podrían ser confiscada al regreso del país. Recomendamos enfáticamente que todos los ciudadanos estadounidenses declaren o registren todas sus armas de fuego, cámaras, dispositivos ópticos costosos, joyas y otros elementos de valor que transporten al exterior, antes de salir del país. Para efectuar la declaración o el registro, los individuos deberán presentar los elementos en las oficinas de la aduana de los Estados Unidos donde obtendrán una declaración certificada. Este documento recibe el nombre de “ certificado de inscripción de efectos personales llevados al exterior “ ( formulario 4457). Las oficinas de la aduana de los Estados Unidos suelen estar ubicadas cerca de los aeropuertos internacionales. Los individuos tendrán que tomar medidas necesarias exigidas por las oficinas de la aduana de los Estados Unidos para cumplir con este requisito antes de viajar
- Aspectos médicos: consulte con su medico para decidir cual es la mejor opción para usted. es posible que le sugiera consultar con la pagina del centro para el control y prevención de enfermedades . http://www.cdc.gov/
- CITES – Apéndice II - antílope negro. Deberá contar con una autorización de CITES del país de exportación. Visite http://www.fws.gov/permits/index.html, y haga clic en la opción importar /exportar para obtener información detallada y los formularios correspondiente. Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES)
- En caso de estar viajando con un menor (menos de 18 años de edad) recuerde que necesitara contar con el consentimiento por escrito de AMBOS padres para poder salir del país
http://www.renar.gov.ar/index_seccion.php?seccion=requisitos_en&m=4 . Despues de retirar su equipaje y antes de dirigirse a la Aduana debe entrar en contacto con la “policía Aeronautica” para sellar su formulario. No firme este formulario antes de llegar a la policía. El sellado tiene un costo aproximado de USD 100 por arma
Tener en cuenta que desde el momento en que efectuó su reserva hasta la partida, las leyes, las tasas y los requisitos pueden haber sido modificados.
http://www.traveldocs.com/
http://www.embassyofargentina.us/
http://www.tsa.gov/travel/security-creening/prohibited-items
Administracion de seguridad de transporte (TSA) Viajes con elementos especiales, armas de fuego y municiones.
ARMAS Y MUNICIONES
Para poder ingresar su propia arma de fuego a Argentina, de forma legal necesita obtener un permiso temporario, tanto para el arma como para las municiones.
Por favor, consulte la pagina web del Registro Nacional de Armas (http://www.renar.gov.ar), donde podrá obtener la información necesaria y descargar los formularios requeridos.
Presentar los formularios en el Consulado Argentino para su aprobación.
CONTROL DE ARMAS DE FUEGO
Conserve su tarjeta de embarque durante su estadía en Argentina.
Una vez arribado en Argentina al Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini en Buenos Aires (EZEIZA), luego de pasar las cabinas de control de migraciones y haber retirado su equipaje y armas de fuego de la cinta transportadora, busque la Policia Federal Argentina – RENAR.
El personal de El Milo los esperara al salir de la oficina del RENAR.
MUNICIONES
Vuelos de cabotaje en Argentina : Esta prohibido transportar municiones dentro de su equipaje en el vuelo. Las municiones deben ser transportadas en el estuche del arma o en un estuche aparte con llave que debe despacharse en forma separada. La línea aérea se ocupara de colocarlo con una bolsa plástica.